5. Primer Nivel de Análisis
5.2 Encuadre de Medidas
Creación, reestructuración y auxilio de empresas
Galicia
Ampliación de capital
Concesión avales nuevas empresas / ampliación
Concesión de avales apoyo planes de viabilidad
Favorecer la sucesión empresarial
Participación de los trabajadores en el capital SM
Participación personal directivo en el capital SM
Reestructuración de pasivos financieros
Norte de Portugal
Acceso a la financiación
Acciones de diagnostico y formulación estratégica
Acciones de mejora de la productividad
Sesiones colectivas creadores de empresas
Sistemas de mejora del ambiente financiero
Desarrollo, promoción e innovación empresarial
Galicia
Adquisición de capital de otras sociedades
Cobertura de riesgos en operaciones de exportación
Concesión avales en acciones de competitividad
Contratos de Leasing
Convenio potenciación comercio minorista
Cooperación empresarial
Establecimiento empresas en el extranjero
Establecimiento redes comerciales en el extranjero
IGAPE-Entidades Financieras
IGAPE-ICO-Entidades Financieras
Incentivos regionales ZPE de Galicia
Iniciativa PYME de desarrollo empresarial (PFI)
Iniciativa PYME de desarrollo empresarial (PFRP)
Inversión en países no pertenecientes a la OCDE
Mejora de la competitividad
Norte de Portugal
Apoyo a la entidad de asistencia técnica
Apoyo a la competitividad de empresas construcción
Apoyo a la competitividad de empresas turismo
Apoyo a la PYME de menor dimensión
Apoyo a la realización de estrategias de empresas
Conocimiento de mercados y promoción de imagen
Cooperación de empresas
Desarrollo de competencias tecnológicas
Incentivos financieros a inversiones en turismo
Iniciativa comunitaria de PYME
Marketing y diseño en acciones internacionales
Proyectos integrados
Proyectos internacionales
Régimen de incentivos a las micro empresas
Fomento a la contratación
Galicia
Ayudas a la contratación indefinida
Contratación de personal especializado
Contratación indefinida trabajador discapacitado
Contratación laboral personal destinado extranjero
Creación y mantenimiento de empleo estable
Sustitución por maternidad, adopción y acogimiento
Norte de Portugal
Creación de empleo
Incentivos a la colocación
Incentivos a la contratación
Formación, empleo y capacitación profesional
Galicia
Becas contratos en prácticas
Becas de investigación en centros de innovación
Becas de promoción exterior
Becas mejora integral de la gestión empresarial
Fomento contrato en prácticas
Formación dirigida a mejorar la gestión empresas
Formación especializada del personal
Formación e inserción profesional
Escuelas taller-casas de oficio
Norte de Portugal
Becas profesionales
Bolsa de formación de la iniciativa del trabajador
Conservación del patrimonio cultural
Escuelas / oficinas
Formación profesional
Formación Profesional especial
Preparación preprofesional
Programa de formación / empleo
Reducción gradual de la duración del trabajo
Iniciativas generadoras de empleo y autocolocación
Galicia
Autoempleo colectivo
Creación primer empleo
Fomento de emprendedores de iniciativa empresarial
Fomento empleo en Cooperativas y S.A.L.
Iniciativas locales de empleo
Mujeres emprendedoras
Promoción de empleo autónomo
Promoción empleo autónomo discapacitados
Proyectos piloto de acción rural
Norte de Portugal
Apoyo a la autocolocación
Apoyo a la creación del propio empleo
Apoyos a la instalación por cuenta propia
Centros de apoyo a la creación de empresas
Clubs de empleo
Creación del propio empleo
Despachos conjuntos y protocolos
Empleo protegido
Incentivos locales de empleo
Unidades de inserción en la vida activa
Estas medidas se integran en el marco de las políticas que la UE articula a través de los distintos programas, atendiendo respecto de sus contenidos a las siguientes materias:
Formación:
· Fomento del intercambio de formación y experiencia.
· Atención prioritaria de los colectivos con dificultades de integración profesional.
· Formación de adultos principalmente trabajadores de PYMES.
Armonización de las condiciones de trabajo y las relaciones laborales:
· Seguridad y salud laborales.-
- Establecimiento de disposiciones mínimas de seguridad y salud laborales.
- Normativas específicas para sectores con grandes riesgos (navegación, agricultura, construcción).
- Protección a escala comunitaria frente a sustancias cancerígenas, biológicas y químicas.
- Programas de información a los trabajadores
· Derecho laboral.-
- Protección frente al desarrollo del mercado interior (movilidad de las empresas).
- Protección de la mujer durante el embarazo y maternidad.
- Regulación de las empresas de ámbito internacional
· Derecho social.-
- Evaluar las disparidades en materia de financiación de los sistemas de seguridad social.
- Armonizar los sistemas de prestaciones económicas y el acceso a las asistenciales
Respecto del proceso de armonización de las legislaciones, conviene recordar la relación de complementariedad entre el proceso normativo de las instituciones comunitarias y la negociación autónoma de las partes sociales a escala nacional, quedando supeditada aquella a creación de un espacio social por la vía jurídica en tanto en cuanto se lo permitan los espacios libres dejados por las partes.
Depende, por lo tanto la Política Social, principalmente de los estados miembros o de sus órganos responsables, de los agentes/interlocutores sociales, pudiendo la Comisión adoptar medidas y habilitar instrumentos comunitarios que garanticen la puesta en práctica de estos derechos y, en base al principio de subsidiariedad actuar cuando los objetivos establecidos puedan alcanzarse mejor a su escala que a escala nacional
Finalmente y con respecto a la armonización de las legislaciones de carácter Social y Laboral de los estados miembros indicar que el protocolo sobre la política social faculta a los estados miembros a recurrir a los órganos procedimientos y mecanismos de los tratados para llevar adelante la política social común de mayor alcance (sin el Reino Unido). Quedando expresamente apartados los ámbitos del derecho laboral relativos a derecho de sindicación, huelga, cierre patronal y remuneración del trabajador, y debiendo tomarse por unanimidad las decisiones relativas a los derechos de los trabajadores y a la protección social.
La aplicación del protocolo social supuso un acto de legislación comunitaria derivada destinada solamente a una parte de sus estados miembros siendo el primer ejemplo de su aplicación la directiva sobre Comités de Empresa Europeos de 22 de septiembre de 1.994.